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I. Terminología
Antes de abordar cualquier discusión sobre
el tema es preciso conocer bien aquello
acerca de lo que estamos hablando, condición
no sólo necesaria sino a veces incluso
suficiente. Un somero examen acerca de lo
que se conoce por eutanasia y los diversos
tipos de eutanasias que existen, así como
los términos similares o parecidos que
pueden inducir a confusión, nos permiten
realizar una lectura crítica de la mucha
información, habitualmente sesgada en
función del estado de opinión que se desea
crear, que los medios de comunicación
ofrecen.
Lo primero que hay que definir es el
concepto de muerte. Se conoce la muerte como
un concepto negativo, es decir la
cesación de las funciones biofisiológicas
que permiten la vida. Actualmente se
utilizan diversos signos negativos (ausencia
de pulso, de latido de respiración, de
actividad cerebral, durante un tiempo
determinado) y positivos (livideces
cadavéricas, signos claros de corrupción),
pero aún hoy no hay una definición única y
clara de donde está el límite entre la vida
y la muerte. Es importante conocer que
existe la posibilidad de una muerte cerebral
(donde residen las funciones superiores que
definen la personalidad y consciencia de la
persona) con conservación de las funciones
automáticas más primitivas, que permitan
continuar con la vida del resto del
organismo si este es nutrido y tratado de
sus enfermedades. Asimismo la medicina
actual permite una vida precaria a un
organismo preservado con una muerte de las
funciones cerebrales superiores y primitivas
por medio de la técnica, que le proporciona
respiración y vaciado de esfínteres
artificiales.
Eutanasia es un término griego que quiere
decir literalmente “buena muerte” (de eu=
bueno y tanatos= muerte).
Inicialmente suponía la “muerte en paz”, es
decir sin sufrimientos e incluso sin
disminución de las facultades psíquicas.
Actualmente la eutanasia es la acción por la
que no se evita o se acelera la muerte
natural de una persona enferma gravemente y
sin posibilidad de curación. Eutanasia es
sinónimo de homicidio por compasión.
¿Cómo se aplica la “buena muerte”? Se puede
clasificar según tres grandes parámetros: La
forma de aplicación, la voluntariedad y el
sujeto que la aplica.
Según el sujeto se puede dividir entre
aplicada a otra persona o bien a uno mismo.
Este último término equivale a suicidio y
por tanto sale fuera del tema.
Según la forma de aplicación se divide en
activa y pasiva. La activa supone la
aplicación de un medio para causar la muerte
de una persona. Puede ser directa, es decir
utilizar un medio con el propósito único de
causar la muerte del sujeto, por ejemplo una
inyección letal como la que se emplea en la
pena de muerte. Por otro lado puede ser
indirecta, como la aplicación de un remedio
terapéutico encaminado a mejorar la calidad
de vida de un paciente pero con efectos
secundarios que pueden conducir al
acortamiento de la vida. Un ejemplo común es
la aplicación de dosis crecientes de
mórficos a pacientes oncológicos terminales
que no pueden controlar su dolor, aún a
sabiendas de que a partir de determinadas
dosis se corre un peligro cierto de parada
respiratoria y la precipitación de la
muerte.
La eutanasia pasiva supone la no aplicación
de medios capaces de prolongar la vida de
una persona. Con el tiempo éste término se
ha ido gradando, de modo que actualmente
existe una gran división: la eutanasia
pasiva absoluta, que consiste en la cesación
del soporte mínimo vital de un paciente, es
decir la retirada de todo medio no natural
de supervivencia incluido ventilación,
alimentación o hidratación si los precisa.
Habitualmente conduce a la muerte en un
plazo breve. La eutanasia pasiva relativa o
no intervencionista supone la administración
del soporte vital mínimo pero la no
realización de ningún esfuerzo
extraordinario para cualquier patología.
Este apartado engloba numerosos casos. Desde
la retirada de la insulina a un diabético
que la precisa hasta la no realización de
maniobras extraordinarias, como la
administración de antibióticos en una
infección o de una reanimación
cardiopulmonar en caso de parada. Sin duda
alguna la eutanasia pasiva relativa abarca a
la mayoría de casos y es también la que
mayor cantidad de conflictos puede generar.
Según la voluntariedad se divide en tres
tipos. La eutanasia voluntaria es aquella en
la que el paciente ha expresado su deseo de
que se ponga fin a su vida
o rechaza la aplicación de los tratamientos
destinados a prolongarla. También se
incluyen los supuestos en los que el
paciente, no capacitado para expresar su
opinión, ha manifestado previamente, bien
oralmente o por medio de un testamento
vital, su intención en este sentido. Por
supuesto es indispensable comprobar la
veracidad de tal deseo cuando no lo expresa
el paciente directamente. En este caso la
eutanasia voluntaria se puede asimilar al
concepto jurídico de “ayuda al suicidio”. El
caso de Ramón Sampedro es uno de este tipo.
Los grupos proeutanasia potencian la
oficialización de un testamento vital para
que muchas eutanasias avoluntarias se puedan
encuadrar en el grupo de eutanasias
voluntarias.
La eutanasia avoluntaria hace alusión a
aquella en la que el paciente no puede
expresar su opinión (bien por inconsciencia,
demencia avanzada o en el caso de recién
nacidos) ni ha manifestado previamente su
disposición a la eutanasia llegado el caso.
En estos casos es otra persona (bien médico
o familiar) la que decide la aplicación de
la eutanasia. Es el caso de pacientes en
coma de larga evolución, demenciados con
patología terminal o crónica incurable o
recién nacidos con malformaciones. Este tipo
de eutanasia es el gran caballo de batalla
tanto moral como jurídico, ya que la
capacidad de decisión de una o varias
personas sobre la vida de otra es una figura
muy polémica y controvertida, con numerosas
lagunas.
La eutanasia involuntaria:
El paciente terminal está capacitado para
expresar su opinión y esta no es consultada
o es contraria, pero no se tiene en cuenta a
la hora de aplicarle la eutanasia. Sería el
caso de los pacientes terminales o crónicos
a los que se aplicó la eutanasia durante el
régimen nacionalsocialista alemán. Es un
método defendido sólo por las corrientes
eugenésicas (eutanasia eugenésica) y supone
la eliminación de recién nacidos o ancianos
enfermos en base a una mejoría de la raza y
la evitación de transmisión genética de
caracteres defectuosos. En justicia no es
una eutanasia, ya que no implica
necesariamente la irreversibilidad de la
patología aducida como razón de la misma,
pudiendo ser considerada una variante del
homicidio. Una variante de la eutanasia
involuntaria es la eutanasia económica, en
la que el criterio de aceleración de la
muerte se basa en el ahorro a la sociedad de
los cuidados o terapéuticas de personas que
no van a curarse. Incluye a los deficientes,
malformados y ancianos con patologías
crónicas. Al igual que la eugenésica, este
tipo de eutanasia se puede considerar
homicidio.
Dos términos griegos que también interesa
conocer son la ortotanasia o “muerte
natural”, que hace alusión a la muerte en el
momento en que la naturaleza lo dicta, y la
distanasia, o prolongación del momento
natural de la muerte por medios
artificiales, concepto que nos lleva a la
definición de el mecanismo que habitualmente
se emplea para llevar a cabo la distanasia,
que se conoce como “encarnizamiento
terapéutico”.
El encarnizamiento terapéutico describe la
acción de las terapéuticas y procedimientos
médicos que pueden prolongar la vida de un
paciente moribundo más allá del término
normal de la muerte, causando asimismo
sufrimientos innecesarios. No logran una
curación o mejoría en calidad de vida del
paciente. Casos célebres son Truman, Franco
o Tito.
El testamento vital es un documento
o declaración legal firmado ante testigos en
el cual un adulto, en su sano juicio,
libremente informa al personal médico acerca
de su deseo de que no le administren o le
retiren medios extraordinarios de
conservación de la vida en ciertas
circunstancias, es decir, si se encuentra en
los últimos momentos de su vida y si en
dichos momentos no está capacitado para
tomar la decisión por sí mismo.
Fue inventado por la “Society for the right
to dying” en 1967.
Este es un modelo de testamento vital
propuesto por la "National Conference of
Commissioners on Uniform State Laws" de EEUU
en 1986: "Si llego a tener una enfermedad o
condición incurable o irreversible que
causara mi muerte en un lapso de tiempo
relativamente corto y si no estoy capacitado
para tomar decisiones acerca de mi
tratamiento médico, instruyo al médico que
me atiende, según la Ley Uniforme de los
Derechos de los Enfermos Terminales, que no
me administre y/o deje de administrarme
tratamientos que sólo prolongarán el proceso
de mi muerte y que no son necesarios para mi
confort o para aliviarme del dolor".
Por último me gustaría diferenciar dos
conceptos que en ocasiones pueden inducir a
confusión si no son empleados correctamente,
el paciente terminal y el paciente
vegetativo. El enfermo terminal es aquella
persona que padece una enfermedad que, a la
luz de los conocimientos científicos
actuales, no es susceptible de curación y
que entra en un estado de deterioro
progresivo que lo conducirá inevitablemente
a la muerte en un plazo corto de tiempo. El
enfermo vegetativo es el individuo que
pierde irreversiblemente la capacidad de
conciencia de sí mismo y del mundo que lo
rodea, sin posibilidad de mejoría, a pesar
de la presencia de algún tipo de actividad
cerebral de tipo eléctrico o reflejo.
II. Historia de la eutanasia
La Biblia sugiere que en Asiria se practica
la eutanasia al llamarlo "un pueblo cruel
que no tiene respeto por el anciano ni
compasión por el niño". (Deut. 28:50).
En Esparta los niños que nacían con
deformidades eran considerados inútiles para
la milicia (si eran varones) o para la
maternidad (si eran mujeres) y arrojados
desde lo alto del monte Taigeto. Los
bretones ejecutaban a los enfermos
incurables. Los esquimales abandonaban en
medio del hielo a los ancianos que ya no
podían ser útiles a la comunidad. En el
Juramento médico de Hipócrates (siglo V a.C)
se puede leer lo siguiente: “No me dejaré
influir por las súplicas de nadie, sea quién
fuere, a propinar veneno o a dar mi consejo
en semejante contingencia”. En la
antigüedad clásica leemos a
Séneca:
"No se debe ni querer demasiado a la vida
ni odiarla demasiado, sino buscar un término
medio y ponerla fin cuando la razón lo
aconseje. No se trata de huir de la vida,
sino de saber dejarla". Esta filosofía
estoica fue predominante en la moral romana
hasta la difusión del cristianismo, que
considera la vida, tanto propia como ajena,
un don de Dios y por tanto inviolable.
En el Renacimiento vemos los primeros
testimonios escritos que especulan de nuevo
sobre esta cuestión. Santo Tomás Moro (1516)
en su obra Utopía propone que la atención a
los moribundos sea extrema, pero si su mal
se acompaña de dolores insufribles, y de
acuerdo con el paciente, poner fin a su vida
con venenos o privación de alimento. Siempre
con el conocimiento de las autoridades y la
aprobación de un sacerdote. El eminente
cirujano francés Ambroise Paré (1510-1590)
manifiesta su asombro inicial y su posterior
aprobación ante el degollamiento de varios
soldados moribundos por sus propios
compañeros para ahorrarles sufrimientos,
tras haber consultado al propio Paré sobre
el pronóstico infausto de estos:
"...Entré a un establo y encontré cuatro
soldados muertos y tres recostados contra la
pared, con sus caras completamente
desfiguradas, ciegos, sordos y mudos y con
ropas humeando por la pólvora que los había
quemado. Un soldado viejo me abordó y me
pregunto si existía alguna forma de
curarlos, a lo cual respondí que era
imposible. Entonces se aproximó a los
heridos y les corto el cuello delicadamente
y sin rabia. Viendo esta cruel acción le
dije que era un hombre perverso, a lo cual
me respondió que si él hubiera sido el
herido, cualquiera de sus compañeros le
habría prestado la misma muerte rápida, en
lugar de dejarlo morir lánguida y
miserablemente...".
Francis Bacon (1623): Proporciona el
concepto actual de eutanasia
"La aceleración de la muerte en un hombre
enfermo". Utiliza
el término eutanasia para hacer referencia a
aquellas medidas encaminadas a transformar
el episodio de la muerte en algo menos
desagradable, al apoyar física y
espiritualmente al enfermo.
La eutanasia como modernamente la conocemos
aparece en el siglo XIX.
En una fecha tan temprana como 1848 se
sugiere la utilización de la anestesia para
aliviar las molestias de la agonía. En este
siglo se escribió el primer tratado sobre
eutanasia por el Dr William Mont.
Ya en el siglo XX Nietzsche considera que se
debe aplicar la eutanasia a los "parásitos
de la sociedad, a los enfermos que vegetan
perezosamente", si bien en este caso se
trata de un asesinato más que de la
eutanasia.
En 1935 se creó en Londres la Sociedad para
la Eutanasia, por el dr. Killick Millard. En
1938 se creó en Estados Unidos su
equivalente americana. Su meta: legalizar el
suicidio con la asistencia de un médico para
los enfermos terminales.
Los alemanes K. Binding y A.Hoche difundirán
el concepto de “vida sin valor”, demandando
la eutanasia para los enfermos incurables.
Hablan así de vidas "carentes de valor
vital, entre las que se encuentran las de
los idiotas incurables, los paralíticos y
los inconscientes sumidos en incurable
estupor. Estas vidas inútiles para la
sociedad, se convierten en realidad en
verdaderas cargas de las que conviene
desembarazarse cuanto antes. Estos seres, no
sólo no son titulares de Derechos Humanos
sino que se convierten en auténticos
desechos humanos sin voluntad alguna para
vivir o para morir. El Estado puede
eliminarlos sin que esto provoque ningún
tipo de pesar salvo, quizá, a sus madres".
Inspirándose en los conceptos vertidos en
este libro el régimen nacionalsocialista
alemán aplicará en la práctica sus teorías
eugenésicas para con los más débiles. El 18
de agosto de 1939 se dispuso la obligación
de declarar los recién nacidos con defectos
físicos. Tres peritos de la máxima
solvencia, entre ellos el doctor Catel,
decidían la muerte o la vida del niño y
extendían una autorización, fundándose en el
formulario de las declaraciones. Los médicos
de los 21 departamentos pediátricos de
Alemania habían sido instruidos verbalmente
de que este escrito otorgaba la autorización
para matar al niño. Se calcula en unos 5,000
el número de niños exterminados, mediante la
administración de morfina o luminal.
La segunda mitad del siglo ve incrementar
frenéticamente la polémica sobre la
eutanasia. En1967 se presentan los
testamentos vitales con el intento de
promocionar la eutanasia. Es fundado el
Euthanasia Educational Fund (EEF): Un
esfuerzo general para la educación pública
sobre la eutanasia como una opción
aceptable. En 1970 se funda la Society for
the Right to Die (la sociedad para el
derecho para morir). En 1972 es fundado el
Euthanasia Educational Council. En 1976 el
estado de California es el primero en
aprobar una ley que incluye el testamento
vital como oferta a los moribundos. En
1978 Es fundado Concern for the Dying. En
1980 se funda la Hemlock Society en Los
Ángeles por Derek Humphry. Humphry es un
médico que administró una droga letal a su
mujer, diagnosticada de un cáncer
diseminado, tras solicitárselo ella. Por
este motivo hubo de trasladarse de Gran
Bretaña a EEUU para evitar que la justicia
lo acusara de homicidio. Humphry publicó el
libro “Final exit” (última salida), en el
que detalla diferentes maneras de poner fin
a la propia vida sin dolor.
En 1981 se funda en Alemania la Sociedad de
Eutanasia Voluntaria. En 1992 el estado de
California rechaza la proposición 161 para
legalizar la asistencia médica al suicidio.
Recientemente el autor Peter Singen apoya la
eutanasia avoluntaria desde presupuestos
utilitaristas: sería admisible la eutanasia
de aquel paciente postrado que no puede
expresar su voluntad si este no es
consciente de la diferencia entre la vida y
la muerte y su muerte provoque más
“felicidad o bienestar” que su vida. Por
ejemplo, que de no aplicarla le condene a
una existencia dolorosa o que impida a sus
padres tener otro hijo por deber de volcar
sus energías y ahorros en el cuidado de un
hijo con una deficiencia que le impide ser
consciente de su vida. Al igual que en la
definición de Binding y Hoche para Singen la
vida deja de ser un valor absoluto y pasa a
tener un valor relativo, dentro de la
corriente relativista que valora la vida en
función de su “calidad”.
III. legislación sobre la eutanasia
No existe ningún texto internacional que
establezca el derecho a la eutanasia, pero
sí textos que afirman el derecho a la vida.
El Código internacional de ética médica,
elaborado por la Asociación Médica Mundial,
reforzado en por lo menos tres reuniones
mundiales en los años de 1949, 1968 y 1983.
En uno de sus apartados, el referente a los
deberes de los médicos hacia los enfermos,
enfatiza: El médico debe recordar siempre la
obligación de preservar la vida humana.
La Bill of Rights o Carta de derechos
de los enfermos de hospital (EEUU) cita,
entre los derechos de los pacientes el “derecho
a rechazar el tratamiento en la extensión
permitida por la ley y a ser informados de
las consecuencias médicas de su decisión".
Sin duda el caso más conocido es el de la
legislación holandesa.
Un mandato de 1984 del Tribunal Supremo hizo que en
1993 Paises Bajos se convirtiera en la
primera nación del mundo en considerar legal
la eutanasia. No nació como una ley sino una
enmienda al reglamento de sepelios y
cremaciones. Para ser legal la eutanasia
debe cumplir los 5 puntos de la lex artis
de la Ley sobre eutanasia:
1-Naturaleza voluntaria por parte del
enfermo. 2-Petición considerada
detenidamente. 3-Sufrimiento intolerable del
paciente. 4-Asesoramiento experto.
5-Realización técnicamente responsable.
Asimismo se precisan testigos y dos médicos que lo corroboren.
Recientemente la Asociación de pacientes ha
denunciado que en muchas ocasiones se omiten
uno o varios de estos requisitos (sobre todo
el de certificación de la salud psíquica del
solicitante, que es sistemáticamente omitido
o realizado de forma insuficiente). En 1995
murieron en Holanda 19.600 personas de
eutanasia por acción u omisión. De estas
personas sólo 5.700 lo fueron de forma
voluntaria y consentida. En el resto de los
casos fue avoluntaria (generalmente
pacientes en coma). Actualmente, de las
aproximadamente 130.000 personas que mueren
cada año en Holanda, 20.000 lo son por
eutanasia, y de ellas aproximadamente la
mitad de forma avoluntaria. Un dato
inquietante es que las unidades de cuidados
paliativos a terminales, que se están
extendiendo por toda Europa para mejorar la
atención a estos pacientes, en Holanda han
sufrido un descenso importante hasta casi
desaparecer. Se cree que esto se debe a la
facilidad y mayor economía que supone para
la sanidad y la sociedad la eutanasia en
estos pacientes cuando está indicado su paso
a una de estas unidades. En el año 1999 se
hizo una proposición para permitir que los
mayores de 12 años puedan solicitar la
eutanasia.
El 8 de noviembre de l994 los habitantes del
Estado de Oregon aprobaron, por votación de
51% a 49%, la primera ley en favor de la
eutanasia en la historia y en todo el mundo.
La ley les permite a los médicos recetarles
fármacos letales a los pacientes
desahuciados que se espera que tengan menos
de 6 meses de vida, para que puedan
suicidarse. Dichos pacientes deben expresar
por escrito su deseo de que le administren
el fatal fármaco. El 26 de febrero de 1998,
la Comisión de Servicios de Salud de Oregon
(Oregon Health Services Commission) votó por
margen de 10 a 1 a favor de que se añadiese
el suicidio asistido a la lista de
tratamientos de prioridad que se le
proporciona a los pacientes que reciben
ayuda económica del gobierno para el cuidado
de su salud.
La Ley del estado de Victoria (Australia),
de 1988, legaliza el “suicidio asistido”. La
parte de la ley que permitía a un apoderado
decidir sobre la aplicación de la eutanasia
en caso de incapacidad del titular fue
rechazada por el parlamento estatal.
¿Cuál es la legislación española actual? El
artículo 409 del Código Penal prevé la pena
de prisión mayor contra todo aquél que ayude
o induzca a alguien a suicidarse (6 a 12
años), y si la persona presta el auxilio
hasta el punto de ejecutar él mismo la
muerte, la pena sería de reclusión menor 12
a 20 años. Esta última es, de hecho, la pena
prevista por homicidio (art.407). El 27 de
septiembre de 1999, la Comisión Especial de
estudio de la Eutanasia, constituida año y
medio antes por el Senado, condujo una
sesión informativa en la cual la senadora
socialista, Coral Rodríguez Fouz, expresó su
deseo de preparar un informe con el consenso
de todas las fuerzas políticas del país "que
ahonde en la teoría del consentimiento
informado, en el marco de la Ley General de
Sanidad, primer paso para lograr la
despenalización de la eutanasia activa en
España". El senador y médico Victoriano Ríos
Pérez se mostró contrario a esta postura en
pro de la eutanasia y expresó su
preocupación por "el peligro de abrir una
vía que permita la eutanasia". Y añadió:
"Una vez que empieza, no sabemos hasta donde
podemos llegar".
La Asamblea Médica Mundial señala que "la
eutanasia, es decir el acto deliberado de
dar fin a la vida de un paciente, ya sea por
su propio requerimiento o a petición de sus
familiares, es contraria a la ética". El
vigente código de Deontología Médica, en su
Capítulo XVII: Del respeto a la Vida, en su
Art. 116 dice: "El médico está obligado a
poner los medios preventivos y terapéuticos
necesarios para conservar la vida del
enfermo y aliviar sus sufrimientos. No
provocará nunca la muerte deliberadamente,
ni por propia decisión, ni cuando el
enfermo, la familia, o ambos, lo soliciten,
ni por otras exigencias”. El Art. 117
rechaza el ensañamiento terapéutico, al
obstinarse inútilmente en dar la vuelta a
una situación irreversible.
IV. Puntos principales sobre el debate en la
eutanasia
Hechos que influyen en nuestra concepción
actual de la eutanasia.
1) Falta de integración de la muerte en
nuestros esquemas culturales modernos.
2) Secularización y ausencia de
creencias trascendentales.
3) Instauración de la idea de que cada
uno es dueño de su vida y su persona. Tanto
para sí como con respecto a los demás.
4) Intolerancia al sufrimiento de la
sociedad actual.
5) Envejecimiento constante de la
población en los países desarrollados
pioneros en la aplicación de la eutanasia.
Paradójicamente en estos países los ancianos
sufren un proceso de “ninguneización” que
les aparta de la vida social cuando
comienzan a sufrir enfermedades y procesos
crónicos, causándoles una muerte social
previa a la física.
6) Deshumanización de la muerte
hospitalaria.
Argumentos a favor de la eutanasia
1) El derecho a morir dignamente y a
respetar la libertad de la persona con
respecto a su propia vida deben primar por
encima de todo (eutanasia voluntaria).
2) Es legítimo el derecho a la
eutanasia pues se aplica para obtener un
bien (evitar sufrimientos innecesarios o la
degradación del individuo). Se apoya en la
compasión hacia nuestros semejantes. En las
mismas circunstancias se aplica a los
animales (tiro de gracia).
3) Se debe respetar la libertad de una
persona para renunciar a un derecho que le
es propio, siempre que este se realice en
condiciones de conocimiento y consciencia de
sus implicaciones y consecuencias.
4) En todas las encuestas la mayoría de
los consultados (exceptuando los mayores de
65 años) opina que se debería permitir el
adelanto de la muerte si el término de la
vida se hace penoso o doloroso, recibiendo
la ayuda de un médico o un tercero si ello
fuera preciso.
5) Aquellas personas que creen en la
sacralidad de la vida pueden ejercer sus
creencias con total libertad, pero no pueden
imponerlas a aquellos que no comparten esa
visión de la vida.
Objeciones a la eutanasia
1) Desde el punto de vista médico:
El médico se convierte en un “agente de
muerte”, habiendo sido formado como un
defensor de la vida y la salud. Esto tiene
un efecto negativo sobre la relación
médico-paciente, ya que este sabe que está
siendo tratado por una persona que podría
producirle la muerte. Aunque estuviera
justificado legal o éticamente siempre
supone una violentación excepcional de su
juramento y formación como médico. Se
produciría una afectación personal similar a
la de los médicos obligados por ley a
propinar una inyección letal a los
ajusticiados.
Se crea al médico un conflicto propio con
respecto a su capacidad de prognosis y los
efectos de sus decisiones, ya que es muy
complicado prevenir si un proceso patológico
terminal va a tener un final más o menos
largo, e incluso si no puede ser reversible
en determinados casos. La muerte es
irreversible. La medicina no es una ciencia
exacta. Por tanto cabe la posibilidad de que
en algún caso se provoque la muerte de un
paciente con posibilidades de supervivencia
o curación por error médico.
Asimismo, confiar en el médico como agente
decisorio en un caso de eutanasia
avoluntaria supone correr el riesgo de que
este médico pueda decidir una eutanasia
influido por factores propios, como la
sensación de impotencia ante la enfermedad
incurable, el hastío, la sobrecarga de
trabajo, el desaliento o alteraciones de su
vida particular que puedan afectar a su
decisión, como depresión, sufrimiento o
postura favorable a una eutanasia en sí
mismo. Los médicos son humanos.
La extensión de la eutanasia podría producir
un cambio en el tratamiento y cuidados de
los pacientes desahuciados, deteriorándose
este al considerarlos, inconscientemente,
como “pre-eutanásicos”.
2) Desde el punto de vista del
paciente:
Dado que la mayoría de las peticiones de
eutanasia voluntaria proceden de personas
con dolores o sufrimientos extremos en
procesos irreversibles, cabría preguntarse
hasta que punto está siendo tratado
adecuadamente ese paciente, ya que las
técnicas actuales de analgesia y las
terapéuticas encaminadas a mejorar los
síntomas de las patologías crónicas han
mejorado sustancialmente en los últimos
años. Existe una falsa disyuntiva: eutanasia
vs muerte con sufrimiento.
El paciente puede verse influido en su
decisión por los inconvenientes, problemas
sociales o económicos que su proceso está
causando entre sus allegados o la sociedad.
En ese caso el paciente podría solicitar una
eutanasia voluntaria que no desea para “no
molestar”.
En el ánimo de aceptar la eutanasia puede
pesar más el miedo al sufrimiento y a la
soledad que a la muerte.
3) Desde el punto de vista de la
sociedad:
Dada la complejidad del problema y los
numerosos y diferentes grados de eutanasia
que existen se corre el riesgo de legalizar
una eutanasia estricta y asistir
posteriormente a un efecto “ruptura de
dique”. Se inicia autorizando la eutanasia
en pacientes conscientes y claramente
informados (eutanasia voluntaria) y
posteriormente se comienza a cuestionar la
eutanasia en pacientes inconscientes
(eutanasia avoluntaria).
En el Tercer Reich se comenzó aplicando la
eutanasia a los enfermos terminales que
sufrían, luego se añadió a los vegetativos,
a los que tenían graves malformaciones... y
se terminó aplicando la eutanasia eugenésica
a retrasados, judíos, gitanos y no alemanes.
Una vez se acepta el concepto de “vida que
no merece la pena ser vivida”, resulta
difícil detener la progresión de
indicaciones en función de las necesidades
de la sociedad. El ejemplo de la Ley de
despenalización del aborto en España es muy
ilustrativo.
4) Desde el punto de vista del derecho:
Es moralmente ilícita y antinatural porque
actúa en contra del instinto de
supervivencia.
La plebiscitación de la legislación sobre
eutanasia (la mayoría de la sociedad lo
quiere según las encuestas) orilla toda
justificación jurídica, filosófica o moral.
Etapas del proceso de duelo previo al
fallecimiento
En un primer momento: La no aceptación
"esto no me ha pasado a mi"
En un segundo momento: La rebelión "¿qué
he hecho yo para que esto me pase a mi?"
En un tercer momento: La depresión.
Sobreviene al comprobar que rebelarse no
sirve para nada, que es como dar coces al
aire. Este es el estado más propicio para
pedir la eutanasia.
En un cuarto momento: La aceptación.
Renunciando a buscar los "por qué", que se
nos esconden en el misterio, uno se centra
en los "para qué". Es aquí donde el entorno
del enfermo tiene que ayudarle a entender a
éste que su enfermedad ha sido ocasión de
que despierte en todos ellos una
sensibilidad especial, de la que rebrotan un
montón de nuevos motivos para valorar la
vida. El sentido religioso de la existencia
puede ayudar mucho en este cuarto paso
V. Lo que tiene que decir la Iglesia sobre
la eutanasia
Los cristianos equiparamos la eutanasia con
el suicidio y la condenamos por ser
contraria al amor sobre la propia vida,
atentar contra la sociedad y contra la
propiedad exclusiva de la vida humana en
manos de Dios.
Eutanasia e Iglesia en el siglo XX
Pio XII condenó la eutanasia practicada por
el estado nacionalsocialista por la ley de
22 de febrero de 1941 por la cual se
condenó a muerte a aquellos que "a causa de
sus deficiencias físicas y psíquicas",
fueran considerados como "carga y obstáculo
para el progreso y el desarrollo de la
nación". Considera que Dios es el único
dueño de la vida humana y el hombre su mero
administrador, sin capacidad para disponer
de ella a su antojo.
El 24 febrero 1957 el Vaticano legítima la
eutanasia indirecta: "si la administración
de narcóticos produjese por sí misma dos
efectos distintos: por una parte, el alivio
de los dolores, y por otra, la abreviación
de la vida, entonces es lícita".
El Vaticano II en su constitución Gaudium et
spes afirma que la eutanasia, entre otros
atentados contra la vida humana "son en sí
mismas infamantes, degradan la civilización
humana, deshonran más a sus autores que a
sus víctimas y son totalmente contrarias al
honor debido al Creador" (GS 27).
El documento de la Congregación para la
Doctrina de la Fe sobre la eutanasia (Iura
et Bona 1980)
Afirma que "nadie puede atentar contra la
vida de un inocente... sin violar un derecho
fundamental, irrenunciable e inalienable".
Por ello se condena la eutanasia "con el fin
de eliminar radicalmente a los enfermos
mentales o a los incurables la prolongación
de una vida desdichada, quizá por muchos
años, que podría imponer cargas demasiado
pesadas a las familias o a la sociedad". Es
inadmisible poner fin a la vida de un
enfermo, incluso ante un dolor "prolongado e
insoportable". Por otra parte niega al
médico o al paciente la capacidad de
prolongar la vida humana más allá de su
término natural. Se afirma el derecho de
morir con toda serenidad. Con dignidad
humana y cristiana. Este documento habla de
los medios proporcionados o
desproporcionados en vez de los términos
habituales “ordinarios o extraordinarios”.
Para delimitar lo extraordinario de un medio
se ha de tener en cuenta "el tipo de
terapia, el grado de dificultad y de riesgo
que comporta, los gastos necesarios y las
posibilidades de aplicación con el resultado
que se puede esperar de todo ello, teniendo
en cuenta las condiciones del enfermo y sus
fuerzas físicas y morales". El documento
declara "lícito contentarse con los medios
normales que la Medicina puede ofrecer",
diferenciándolo claramente del suicidio y
expresando que "Significa, o bien aceptación
de la condición humana, o deseo de evitar la
puesta en práctica de un dispositivo médico
desproporcionado a los resultados que se
podrían esperar, o bien una voluntad de no
imponer gastos excesivamente pesados a la
familia o a la colectividad".
Las dificultades del hombre moderno para
aceptar la idea de la muerte y de prestar
ayuda a un hombre moribundo y acompañarle en
sus sufrimientos físicos y sus angustias le
llevan a aceptar las peticiones de eutanasia
de algunos pacientes terminales. "Las
súplicas de los enfermos muy graves, que
alguna vez invocan la muerte, no deben ser
entendidas como expresión de una verdadera
voluntad de eutanasia; éstas, en efecto son
casi siempre peticiones angustiadas de
asistencia y afecto. Además de los cuidados
médicos, lo que necesita el enfermo es el
amor, el calor humano y sobrenatural con el
que pueden y deben rodearlo todos aquellos
que están cercanos, padres e hijos, médicos
y enfermeras".
El documento también resalta que para el
cristiano toda la vida es un don de Dios y
su curso y eventos un misterio que hay que
aceptar y tratar de entender en su plenitud.
Pone como ejemplo las angustias de Jesús en
la oración del huerto de Getsemaní, y su
aceptación del sufrimiento que ha de asumir,
desde el “Señor, Señor, ¿por qué me has
abandonado?” hasta el “todo se ha
cumplido”.Asimismo se plantea el caso de los
niños nacidos con graves deficiencias. El
documento distingue claramente entre
aquellos casos en los que la viabilidad del
niño es imposible (p.ej la anencefalia) en
cuyo caso aboga por no realizar técnicas o
terapéuticas que prolongaran inútilmente la
vida del paciente, dejándole morir en su
término natural, y aquellas otras que
permiten un desarrollo del sujeto como
persona, bien sea con taras, como por
ejemplo el síndrome de Down o la
acondroplasia, que deben recibir toda ayuda
médica como una persona normal.
El documento insiste, ante los casos de
eutanasia solicitada por el paciente
voluntariamente en plena posesión de sus
facultades psíquicas o en documento previo
firmado por el mismo (testamento vital),
en que se ha de comprobar que dicha petición
no se realice en el marco de alguno de los
estados psicológicos por los que pasa el
paciente moribundo antes de aceptar su
estado, o bien no se trate de una llamada de
atención a los que le rodean en busca de una
mayor atención.
Nuevo Catecismo de la Iglesia Católica (cf.
2276-2279)
Aquellos cuya vida se encuentra disminuida o
debilitada tienen derecho a un respeto
especial. Las personas enfermas o
disminuidas deben ser atendidas para que
lleven una vida tan normal como sea posible.
Cualesquiera que sean los motivos y los
medios, la eutanasia directa consiste en
poner fin a la vida de personas disminuidas,
enfermas o moribundas. Es moralmente
inaceptable. Por tanto una acción o una
omisión que, de suyo o en la intención,
provoca la muerte para suprimir el dolor,
constituye un homicidio gravemente contrario
a la dignidad de la persona humana y al
respeto del Dios vivo, su Creador. El error
de juicio en que se pueda haber caído de
buena fe no cambia la naturaleza de este
acto homicida, que se ha de rechazar y
excluir siempre.
La interrupción de tratamientos médicos
onerosos, peligrosos, extraordinarios o
desproporcionados a los resultados puede ser
legítima. Interrumpir estos tratamientos es
rechazar el “encarnizamiento terapéutico”.
Con esto no se pretende provocar la muerte;
se acepta no poder impedirla. Las decisiones
deben de poder ser tomadas por el paciente,
si para ello tiene competencia y capacidad,
o si no por los que tienen los derechos
legales, respetando siempre la voluntad
razonable y los intereses legítimos del
paciente. Aunque la muerte se considere
inminente, los cuidados ordinarios debidos a
una persona enferma no pueden ser
legítimamente interrumpidos. El uso de
analgésicos para aliviar los sufrimientos
del moribundo, incluso con riesgo de
abreviar sus días, puede ser moralmente
conforme a la dignidad humana si la muerte
no es pretendida, ni como fin ni como medio
sino solamente prevista y tolerada como
inevitable. Los cuidados paliativos
constituyen una forma privilegiada de la
caridad desinteresada. Por esa razón deben
ser alentados.
Las palabras de SS Juan Pablo II
El Papa Juan Pablo II enseña solemnemente:
"De acuerdo con el Magisterio de mis
Predecesores y en comunión con los Obispos
de la Iglesia católica, confirmo que la
eutanasia es una grave violación de la Ley
de Dios en cuanto eliminación deliberada y
moralmente inaceptable de una persona
humana". En cambio, no son eutanasia en
sentido verdadero y propio y, por tanto, no
son moralmente rechazables acciones u
omisiones que no causan la muerte por su
propia naturaleza e intención. Por ejemplo,
la administración adecuada de calmantes
(aunque ello tenga como consecuencia el
acortamiento de la vida) o la renuncia a
terapias desproporcionadas (al llamado
"ensañamiento terapéutico"), que retrasan
forzadamente la muerte a costa del
sufrimiento del moribundo y de sus
familiares. La muerte no ha de ser causada,
pero tampoco absurdamente retrasada.
Documento de la Conferencia episcopal
española sobre la eutanasia
El documento de la Conferencia Episcopal
española sobre la eutanasia recuerda estos
dogmas y afirma que el "derecho a matarse"
denota un egocentrismo que resulta
literalmente mortal y que pone en peligro la
convivencia justa entre los hombres. Los
individuos se erigen, de este modo, en
falsos "dioses" dispuestos a decidir sobre
su vida y sobre la de los demás. No son
pocos los falsos profetas de la vida
"indolora" que nos exhortan a no aguantar
nada en absoluto y a que nos rebelemos
contra el menor contratiempo. Según ellos,
el sufrimiento, el aguante y el sacrificio,
son cosas del pasado, antiguallas que la
vida moderna habría superado ya totalmente.
Una vida "de calidad" sería hoy una vida sin
sufrimiento alguno. Concebir la vida como un
objeto de "uso y abuso" por parte de su
"propietario" es llevar a un extremo casi
ridículo el mezquino sentido burgués de la
propiedad privada. La vida no está a nuestra
disposición como si fuera una finca o una
cuenta bancaria. Los cristianos tenemos un
nombre para la dignidad y para el misterio
de la vida: la vida humana es la gloria de
Dios. El "no matarás" (Ex 20, 13) se refiere
también a la propia vida. El quinto
mandamiento del Decálogo expresa en forma
normativa que la vida del ser humano no está
a disposición de nadie, pues no es propiedad
exclusiva de nadie, sino don de Dios. Una
hipotética despenalización de la eutanasia
significaría introducir en las relaciones
humanas un factor más en favor del dominio
injusto de los más fuertes y del desprecio
de las personas más necesitadas de cuidado.
Nadie debe ser inducido a pensar, bajo
ningún pretexto, que es menos digno y
valioso que los demás.
El documento continúa hablando a favor de
una muerte digna. La Iglesia trabaja en
favor de la muerte buena y digna. El ejemplo
de la Madre Teresa de Calcuta está en la
memoria de todos. Muchas otras personas e
instituciones católicas han trabajado y
trabajan para que los enfermos y los
ancianos tengan el calor humano y la
asistencia material que necesitan hasta el
último momento de su vida. Las ciencias
humanas lo confirman cuando hablan de que el
moribundo necesita no sólo una atención
médica puramente técnica, sino también un
ambiente humano, la cercanía de sus seres
queridos y, en caso necesario, los cuidados
paliativos que le permitan aliviar el dolor
y vivir con serenidad el final de esta vida.
Hay que ayudar a las familias a cuidar bien
a sus mayores. A veces se sienten impotentes
para afrontar solas determinadas
situaciones.
Grados de eutanasia y situación actual
Eutanasia pasiva relativa o no
intervencionista: Actualmente está
ampliamente aceptada como una forma de
evitar el encarnizamiento terapéutico. La
Iglesia Católica la considera moralmente
aceptable como una sumisión al término de la
vida impuesto por Dios.
Eutanasia pasiva absoluta: Aceptada por
todos los grupos proeutanasia. Legal en
Holanda. Condenada por la Iglesia.
Eutanasia activa indirecta: Utilizada en
medios hospitalarios con frecuencia. Los
grupos proeutanasia la defienden.
Controvertida en algunos sectores
cristianos.
Eutanasia activa directa: Defendida por
algunos grupos proeutanasia, pero no por
otros. Condenada por la Iglesia. Es la más
controvertida y oficialmente legal en
Holanda con garantías.
Eutanasia avoluntaria: Oficialmente no
defendida por la mayoría de los grupos
proeutanasia. Se intenta soslayar este
problema convirtiéndola en voluntaria por
medio del testamento vital. Condenada por la
Iglesia excepto en casos de encarnizamiento
terapéutico.
Eutanasia involuntaria, económica y
eugenésica: No defendida por nadie salvo
grupos proeutanasia marginales, cercanos a
ideas racistas.
VI. Conclusiones
Como hemos visto la eutanasia es un tema
complejo y controvertido. Hoy en día existen
varios puntos en los que no hay
coincidencias, y que pueden inducir a
equivocaciones si se trata dogmáticamente
este tema.
1. ¿Es la vida humana un valor en sí o su
valor depende de las circunstancias en que
esta se desarrolle? Es decir, si una vida
tiene más o menos valor según el grado de
dolor, incapacidad o molestias a los demás
que cause.
2. El concepto de “sufrimiento intolerable”.
¿Cómo objetivar el sufrimiento ante una
enfermedad? Existen muchas variables (tipo
de proceso, alcance de las terapéuticas
aplicadas a aliviar ese sufrimiento, estado
anímico del paciente, concurrencia de
trastornos afectivos que disminuyan su
tolerancia al dolor, presión familiar,
médica o social para que acepte en mayor o
menor medida ese sufrimiento), la mayoría de
ellas no objetivables.
3. ¿Qué entendemos por un medio
proporcionado? Este término varía mucho
según la capacidad del sistema sanitario, la
preparación del médico, el tipo de patología
y la personalidad y entorno del paciente.
Una definición de medios desproporcionados
sería la de “aquellos que o son inútiles
para conservar la vida del paciente o para
curarlo y que constituyen una carga
demasiado grave, en términos de dolor y
sufrimiento, para el enfermo y cuya carga es
mayor que los beneficios que reportan”. Sin
embargo no se puede hacer una lista de tales
medios, pues varían en cada paciente y
situación.
4. ¿Cuál es la diferencia entre matar y
dejar morir? En la medicina actual, en la
que se han desarrollado sistemas
artificiales para la prolongación y/o
mejoría de la calidad de vida, muchas
acciones omisivas conducen a la muerte
irremediable del paciente.
5. ¿Qué valor se puede conceder al
consentimiento de una persona para dejarle
morir o adelantarle la muerte? Tanto la
percepción subjetiva del sufrimiento, como
la presión familiar o social o un cuadro
depresivo en el marco de un proceso
fisiológico de aceptación de la propia
muerte pueden influir en la decisión.
6. ¿Realmente es equivalente el testamento
vital a una declaración del paciente incapaz
de hacerlo, en las mismas circunstancias?
¿Cómo podemos saber si un paciente
incapacitado para manifestar su opinión cree
que su situación está comprendida en las que
ha firmado en el testamento vital, o si no
ha cambiado de opinión?
7. La diferencia entre permitir un adelanto
de la muerte y reglamentar que el estamento
médico sea el ejecutor de ese adelanto.
Dejando de lado la objeción personal de los
facultativos, se está modificando el esquema
profesional de la medicina sin dar opinión
prioritaria a los médicos. ¿Puede la
sociedad obligar a los médicos, como
colectivo, a ser portadores de muerte sin
haber sido preparados para esa función?
8. ¿Hasta que punto influye el
desconocimiento general en las terapéuticas
en pacientes terminales y paliativos a la
hora de aceptar la eutanasia avoluntaria? La
imagen popularizada de “no quiero morir
lleno de tubos y agujas, sufriendo” tiene
muchas trampas, pues la mayoría de técnicas
aparentemente desagradables en realidad
suponen una mejoría de la calidad de vida
del paciente y una prolongación de la
existencia en condiciones aceptables de
confort vital. Piénsese en la quimioterapia
paliativa que permite a muchos pacientes
terminales de cáncer disfrutar de unos meses
más junto a los suyos hasta la llegada de la
muerte. No se debe confundir terapéutica
paliativa con encarnizamiento terapéutico.
9. ¿Qué fuerza tiene actualmente la
justificación de la eutanasia para evitar el
dolor de una enfermedad terminal? Lo cierto
es que actualmente las técnicas analgésicas
consiguen controlar más del 90% de los
dolores de pacientes terminales.
Irónicamente existen patologías que no
disminuyen la esperanza de vida del paciente
y sin embargo presentan dolores más
difícilmente controlables, como por ejemplo
los dolores osteoarticulares. ¿Se solicitará
la eutanasia para un paciente artrósico con
dolor intenso?
10. Si nos fijamos en la población no
normal, la gran mayoría de las personas que
ponen fin a su vida o lo intentan, están
pasando en ese momento por una depresión. La
mayoría de ellas no lo vuelven a intentar si
son tratados correctamente con
antidepresivos. ¿Debemos desechar este dato
a la hora de valorar las peticiones de
eutanasia voluntaria? Las personas que
trabajan con enfermos terminales,
principalmente ancianos, resaltan el miedo
de estos pacientes al abandono, más que a la
propia muerte. ¿En qué medida puede influir
la comodidad que supone para la sociedad la
eliminación de los moribundos antes que su
tratamiento y acompañamiento correctos en la
recomendación a éstos para que pongan fin a
su vida?
Personalmente, el autor de este artículo
llega a las siguientes reflexiones:
Toda persona posee el derecho irrenunciable
a la vida, protegido por todas las
legislaciones internacionales. Sin embargo,
todo hombre tiene también derecho a una vida
digna. ¿Es este derecho igual o superior al
anterior de modo que sea legítimo pensar que
una vida no digna no merece la pena de ser
vivida? ¿Dónde ponemos los límites de una
vida digna?
Otros derechos que nos interesan son: el
derecho a no ser tratado con crueldad o
inhumanidad, el derecho a la integridad
física y moral, el derecho a la libertad
personal y el derecho a la seguridad
personal. Esta asimismo reconocido el
derecho a una muerte digna. ¿Incluye esto a
la eutanasia? ¿Existe, por ende un “derecho
a morir” a secas?
El derecho a la vida propia supone la
aceptación de que uno puede renunciar a ese
derecho en cualquier momento (suicidio).
Desde la óptica cristiana, no obstante, el
hombre no es dueño de la vida, sino su
administrador. Por tanto no puede poner fin
a su vida hasta que esta no llegue a su
término natural. De ahí que la Iglesia
condene tanto el suicidio como el homicidio.
El conflicto llega cuando el titular de ese
derecho no puede expresar su voluntad.
¿Existe alguien (sea médico o familiar
allegado) que pueda decidir si esa persona
renuncia a ese derecho en ese momento
particular?
¿El sufrimiento es enriquecedor por algún
concepto? ¿Es cierto que el que no ha
sufrido en la vida no sabe lo que vale la
vida?
Para un cristiano la vida, como don de Dios,
tiene un valor absoluto, y aunque existe un
gran debate sobre las posibles excepciones a
esa regla (pena de muerte y aborto son otros
dos casos claros) siempre hemos de legislar,
como cristianos, desde la regla del don
sagrado de la vida. Legislar sobre
excepciones corre el riesgo de convertir en
normal lo anormal.
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