sábado, 06 de enero de 2007

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Juan Vázquez de Mella

Cangas de Onís (Asturias), 8 de Junio de 1861- Madrid, 28 de febrero de 1928

La soberanía social. 18 de junio de 1907. Discurso en el Congreso

Toda persona tiene como atributo jurídico lo que se llama autarquía; es decir, tiene el derecho de realizar su fin, y para realizarlo, tiene que emplear su actividad y, por tanto, tiene derecho a que otra persona no se interponga con su acción entre el sujeto de ese derecho y el fin que haya de alcanzar y realizar. Eso sucede en toda persona. Y como, para cumplir ese fin, que se va extendiendo y dilatando, no basta la órbita de la familia, por sus necesidades individuales y familiares, y para satisfacerlas viene una más amplia esfera y surge el municipio como senado de las familias. Y como en los municipios existe la misma necesidad de perfección y protección, y es demasiado restringida su órbita para que toda la grandeza y la perfección humana estén contenidas en ella, surge una escena más grande, se va dilatando por las comarcas y las clases hasta construir la región. De este modo, desde la familia, cimiento y base de la sociedad, nace una serie ascendente de personas colectivas que constituye lo que yo he llamado la soberanía social, a la que varias veces me he referido y cuya relación fundamental voy a señalar.

 

Así, desde el cimiento de la familia, fundado en ella como en un pilar, nace una doble jerarquía de sociedades complementarias, como el municipio, como la comarca, como la región; de sociedades derivativas, como la escuela, como la Universidad, como la Corporación. Estas dos escalas ascendentes, esta jerarquía de Poderes, surge de la familia y termina en las regiones, que tienen cierta igualdad entre si, aunque interiormente se diferencian por sus atributos y propiedades. Los intereses y las necesidades comunes en esa variedad, en que termina la jerarquía, exigen dos cosas: las clases que la atraviesan paralelamente, distribuyendo las funciones sociales; y de una necesidad de orden, y una necesidad de dirección. Puesto que ni las regiones ni las clases pueden dirimir sus contiendas y sus conflictos, necesitan un poder neutral que pueda dirimirlos y que pueda llenar ese vacío que ellas por sí mismas no pueden negar. Y como tienen entre sí vínculos y necesidades comunes que expresan las clases, necesitan un alto poder directivo, y por eso existe el Estado, o sea la soberanía política propiamente dicha, como un poder, como una unidad, que corona a esa variedad y que va a satisfacer dos momentos del orden: el de proteger, el amparar, que es lo que pudiéramos llamar momento estático, y el de la dirección, que pudiéramos llamar el momento dinámico.

 

Las dos exigencias de la soberanía social son las que hacen que exista, y no tiene otra razón de ser, la soberanía política, y esas exigencias producen estos dos deberes correspondientes para satisfacerlas, los únicos deberes del Estado: el de protección y el de cooperación. De la ecuación, de la conformidad entre esa soberanía social y esa soberanía política, nace entonces el orden, el progreso, que no es más que el orden marchando, y su ruptura es el desorden y el retroceso. Entre esas dos soberanías había que colocar la cuestión de los límites de Poder, y no entre las partes de una, como lo hizo el Constitucionalismo.

 

(El liberalismo) como no alcanzó la profunda y necesaria distinción entre la soberanía social u la política, unificó la soberanía: creyó que no había mas que una sola, la política, y le dió un sólo sujeto, aunque por delegación y representación parezca que existen varios, y vino a dividirla en fragmentos para oponerlos unos a otros, y buscó así dentro el límite que debiera buscar fuera.

Tenía razón al decir que el Poder tiende al abuso, y que es necesario, por lo tanto, que otro Poder lo contrarreste; pero para eso no era necesario dividir la soberanía política en fragmentos y oponerlos unos a otros; para eso era necesario, y esa es su primera función, reconocer la soberanía social, que es la que debe limitar la soberanía política.

 

La soberanía social es la que debe servir de contrarresto: y cuando esa armonía se rompe entre las dos, cuando no cumple sus deberes la soberanía política e invade la soberanía social, y cuando la soberanía social, invade la política, entonces nacen las enfermedades y las grandes perturbaciones del Estado.

 

En un Estado de verdadero equilibrio, cumplen todos sus deberes, y a las exigencias de la soberanía social corresponde los deberes de la soberanía política; pero cuando la soberanía política invade la soberanía social, entonces nace el absolutismo, y, desde la arbitrariedad y el despotismo, el Poder se desborda hasta la más terrible tiranía.

 

El absolutismo es la ilimitación jurídica del Poder, y consiste en la invasión de la soberanía superior política en la soberanía social; cuando la soberanía social se niega en un pueblo porque la soberanía política la invade, empieza por las regiones, sigue por las comarcas y municipios y llega hasta las familias; y no encontrando ya los derechos innatos del hombre en medio de asociación permanente que esté fuera de la acción del Estado y que le sirva de escudo para desarrollarse, los individuos mismos quedan sujetos a la tiranía del Estado; y entonces, identificándose las dos soberanías, nacen los grandes socialismos políticos, precursores de los económicos, por la absorción de todos esos órganos en uno. La confusión de la soberanía social y política es la característica de las sociedades modernas. Esta es la hora en que no hay una sola entidad, una sola corporación, una sola sociedad natural y de aquellas que de las naturales se derivan, que no pueda levantarse contra el Estado y demandarle por algún robo de algunas de sus facultades y de sus atributos.

 

Usurpándolo todo, avasallándolo todo, ha llegado a tener como derechos y delegaciones suyas todas las demás personas jurídicas; ha llegado a más, a considerarse como la única persona que existe por derecho propio, a sostener que todas las demás existen, en cierta manera, por concesión o tolerancia suya.

 

Y así hemos venido a un Estado que es la fórmula más completa y acabada de la tiranía; pero de una tiranía sin grandeza, de una tiranía que no tiene la cabeza de un César, que no puede ser cortada un día por las iras de una multitud irritada; una tiranía con una muchedumbre de cabezas; y no hay peores tiranos que aquellos que tienen muchas cabezas, porque es la ley histórica de la soberanía política, que la irresponsabilidad está en razón directa del número de personas que ejercen el mando.

 

 

 

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